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Viajar en coche con no convivientes

Viajar en coche con no convivientes

Como cada verano aumentamos nuestros viajes en coche para poner rumbo a donde dicten nuestras vacaciones. Pero en un año en que todavía debemos mantener las medidas de seguridad adecuadas, muchas personas se preguntan si se puede viajar en coche con personas no convivientes, así como las medidas que es obligatorio tomar, llegado el caso.

Además, dado que muy a menudo recurrimos a compartir el espacio con otras personas que no conocemos para ahorrarnos un buen dinero en gastos de desplazamiento (como es el caso de las aplicaciones para viajes compartidos en coches de particulares), la pregunta tiene más sentido que nunca.

Así que, si queremos evitar riesgos innecesarios y cumplir con nuestras obligaciones con la situación actual de pandemia, ¿qué es lo que debemos tener en cuenta al viajar en coche con no convivientes?

VIAJES EN COCHE CON NO CONVIVIENTES: LO QUE DICE LA NORMATIVA

En primer lugar, debemos aclarar una de las dudas más frecuentes al viajar en coche con personas no convivientes, y es la referida al número máximo de personas que pueden viajar juntas dentro de un mismo vehículo.

En este sentido, la norma establece que pueden viajar en el coche tantos ocupantes como permita el vehículo en cuestión. Es decir, que si vamos a viajar en un utilitario que cuenta con dos plazas delante (piloto y copiloto), junto con tres plazas más en la parte trasera del coche, el máximo de personas sería de cinco en total.

Otra de las preguntas frecuentes está acotada a la necesidad de llevar mascarilla dentro del coche, aunque no sea obligatorio llevarla en los espacios abiertos. En este sentido, es importante tener en cuenta que, pese a poder no ser obligatorio llevarla en los espacios abiertos, seguirá siendo obligatorio llevar la mascarilla en el coche en las mismas condiciones en que lo hacemos actualmente, que es cuando en el interior del vehículo viajan personas no convivientes.

Estas indicaciones están recogidas en el Real Decreto 21/2020 de 9 de junio, vigente en la actualidad. En él se indica que el uso de la mascarilla dentro del coche sigue siendo un requisito de obligado cumplimiento si viajamos con personas no convivientes, tal como recoge el artículo Nº 6 referido al uso obligatorio de mascarillas: 

Se deberá llevar mascarilla en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio”.

La única excepción es la de aquellas personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla, o quienes, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, según indica el siguiente epígrafe del mismo artículo.

Es importante, en último lugar, saber que el incumplimiento de la obligación de llevar mascarilla viajando en coche con no convivientes puede suponer multas de hasta 100€ para cada persona que no lleve su correspondiente mascarilla.

¿EN QUÉ CASOS NO SE DEBE LLEVAR MASCARILLA EN EL COCHE?

Aclarado lo anterior, conviene igualmente recordar cuales son los casos en los que sí se puede viajar en coche sin tener que usar la correspondiente mascarilla, que son los siguientes:

Si tienes planeado un viaje en coche con personas no convivientes, recuerda que también es recomendable tomar otras medidas de protección adicionales, tales como repartir los asientos dejando el mayor espacio libre posible, limpiar bien todas las superficies y llevar el gel hidroalcohólico siempre a mano.